Archivo por meses: febrero 2018

NO HABRÁ SOBERANÍA MARÍTIMA PARA EVO

Cada día es mas claro que el juicio entre Chile y Bolivia en la Corte Internacional de Justicia fue un gusto que se dio Morales, -estimulado por el español Remiro Bretóns – en función de sus ambiciones chavistas de ser el presidente eterno de Bolivia.
No resolverá nada, la Corte ya se pronunció (Párrafos 32 y 33 del fallo) respecto a que cualquiera sea la forma en que falle, no está en condiciones de tratar de obligar a Chile a conceder un acceso soberano al mar a Bolivia.

Textualmente dicen:
32. … “La Corte considera que si bien puede asumirse que el acceso soberano al Océano Pacífico es, al final, el objetivo de Bolivia, debe hacerse una distinción entre ese objetivo y lo que es la disputa misma, relacionada pero separada de ese objetivo, presentada por la Solicitud, esto es, si Chile tiene una obligación de negociar un acceso soberano de Bolivia al mar y, de existir dicha obligación, si Chile la ha incumplido. La Solicitud no pide a la Corte que juzgue y declare que Bolivia tiene un derecho de acceso soberano».

Este párrafo es claro: Si el fallo eventualmente fuera favorable a las aspiraciones bolivianas, diría que Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia un acceso soberano al Océano Pacífico. No que declare que Bolivia tiene algún derecho a lo que pide.

33. …“En cuanto a la afirmación de Chile de que la Solicitud presenta una construcción artificiosa del asunto objeto de la disputa, porque la pretensión buscada por Bolivia llevaría a negociaciones con un resultado judicialmente predeterminado y a la modificación del Tratado de Paz de 1904, la Corte recuerda que Bolivia no pide a la Corte que declare que tiene derecho a un acceso soberano al mar, ni que se pronuncie sobre el estatus jurídico del Tratado de Paz de 1904. Más aún, si este caso continúa al examen de los méritos, la demanda de Bolivia pondría frente a la Corte las respectivas posiciones de las Partes sobre la existencia, naturaleza y contenido de la supuesta obligación de negociar acceso soberano. Incluso asumiendo arguendo que la Corte decidiera que existe esa obligación, no sería tarea de la Corte predeterminar el resultado de cualquier negociación que tuviese lugar como consecuencia de esa obligación”.

También es claro: El Tratado de 1904 sigue teniendo toda su vigencia y valor y la Corte se abstendrá de indicar algún resultado respecto a las eventuales negociaciones y la Corte no tiene nada que decir respecto al resultado de ellas.

Como Chile a declarado con claridad y reiteradamente que no habrán concesiones de soberanía a Bolivia, territoriales ni de ninguna especie, ahí murió la demanda.

Carlos Mesa periodista y cabeza de la campaña mediática de Bolivia tiene su interpretación de lo anterior:
“La administración de Evo Morales demandó a Chile ante la CIJ con el objetivo de que cumpla sus compromisos hechos a lo largo de la historia de negociar una salida soberana al Pacífico”. “Quiero negociar contigo, me comprometo a negociar contigo. Y el compromiso de negociar contigo lo hago con un objetivo, para otorgarte a ti un acceso soberano al Océano Pacífico. Esos dos elementos nos hacen pensar que tendremos un fallo favorable”.

Si eventualmente el fallo fuera positivo para sus aspiraciones, sigue siendo privativo de Chile el llegar o no a acuerdo, y ya sabemos que la respuesta es no. Mas aun, para Chile y para la Corte, el Tratado de 1904 sigue vigente en su totalidad y Chile nunca renunciará a él.

Eduardo Rodriguez Veltzé agente de Bolivia en su demanda, también plantea su idea:
“Una vez se conozca el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre la demanda marítima, la diplomacia complementará el trabajo orientado a “contribuir a reencontrar a dos pueblos vecinos y hermanos”, “Creo que la diplomacia corresponderá y complementará las actuaciones judiciales y sobre todo destacar que en pleno siglo XXI son este tipo de soluciones diplomáticas, judiciales y ante todo pacíficas las que deben contribuir a reencontrar a dos pueblos vecinos y hermanos”. A juego perdido vuelve la tonada de la vecindad y la hermandad que Morales lleva desconociendo por años y a nivel mundial.

Otro diplomático boliviano que no quiso dar su nombre, explicó: “Bolivia ha pedido a la corte que se establezca que existe una obligación de negociar y que Chile cumpla esa obligación de negociar sobre el tema del acceso soberano al mar. Lo que no ha dicho es cómo debe ser ese acceso, eso es obvio, pues el mecanismo debe ser el resultado de la negociación”.
Según el boliviano, el asunto no es SI Chile le dará o no acceso soberano, lo da por hecho, sino CÓMO será ese acceso. Pero no hay tal acceso soberano, Chile no lo dará, es decir, volvemos a lo mismo del último siglo.

– “Según la misma ex autoridad paceña, los énfasis de los alegatos bolivianos estarán puestos en el alcance de la obligación, el tema de la buena fe y en los plazos para que esta negociación se lleve a cabo.
El trabajo de los ex cancilleres Javier Murillo y Gustavo Fernández ha sido fundamental para reforzar los esfuerzos que desde el año pasado realizan el agente de Bolivia ante La Haya, Eduardo Rodríguez Veltzé, y el abogado español Antonio Ramiro Bretón, para convencer al Presidente Evo Morales de que no siga insultando a Chile y su gobierno”.

El español Bretons señala que “Hoy está en manos de los políticos y la diplomacia abrir una oportunidad que permitirá tender puentes y volver a sentarnos, mirarnos y buscar soluciones posibles con afecto, amplitud y generosidad, incluyendo las preocupaciones de todas las partes, incluso las del vecino Perú”.

Es una pretensión fuera de lugar, extemporánea, antojadiza y sobre todo a contrapelo de lo que significó la demanda misma. Recordemos que el ambiente de generosidad y buena voluntad del gobierno de Chile y de buena parte de sus ciudadanos antes de la demanda fue aventado y dilapidado por Evo Morales, en beneficio de su populismo chavista.
Según la prensa boliviana, “los abogados extranjeros encabezados por Bretóns, el agente Rodríguez Veltzé y algunos ex cancilleres, como Fernández, son partidarios de retomar el diálogo con Chile a partir de propuestas pragmáticas, graduales, de mutua conveniencia para ambos países, alejadas de las posiciones maximalistas que ha planteado el gobierno de Morales de exigir soberanía a Chile”.

Esas eran las intenciones de Chile antes del portazo de Evo. Esa oportunidad pasó y quedó atrás. Es hora de pagar el precio de tanto comportamiento ofensivo e incivil.

La inconsecuencia final. Según la misma prensa: “Este es un proceso largo, que va a tomar tiempo, y en el que hay que evitar los reduccionismos que terminen por bloquear las negociaciones». “No se trata de blancos y negros, hay que buscar aproximar, se pueden encontrar soluciones a medio camino, señalan varios de ellos”.
Dado que las únicas expectativas medianamente cuerdas de lograr sus aspiraciones son buscar la buena voluntad de Chile para que les de lo que piden, el camino recorrido ha sido un fiasco y Bolivia se encuentra mas lejos que nunca del mar, todo gracias a Evo Morales.

Es decir, aquí no ha pasado nada.

Morales no puede pedir “buena fe”, su comportamiento hacia sus propios ciudadanos, hacia la oposición a su gobierno y hacia Chile; lleno de mentiras, tergiversaciones, volteretas y maniobras antidemocráticas e ilegales, lo sindica como el epítome de la “mala fé”, por lo demás, su ciudadanía ya le negó su pretensión de poder ser re re re elegido.

Ver Clase Magistral del Presidente Piñera a Evo Morales: https://www.youtube.com/watch?v=DrqwNKzqkOE

DEFENSA: ¿Seriedad o mas de lo mismo?

Chile lleva demasiados años con una defensa sin dirección ni liderazgo político, mas allá de asegurar su control gubernamental mediante la restricción o generosidad presupuestaria.
La ausencia de política de defensa es una de sus manifestaciones mas tristes y dañinas.
Para que haya una política pública debe haber una decisión o conjunto de decisiones sobre el tema correspondiente, determinadas por la autoridad competente.
Esa decisión o conjunto de decisiones deben seguir un proceso formal, es decir, debe haber un procedimiento institucional que lleve a que ciertas iniciativas se transformen en una política pública.
La política pública de defensa es un conjunto de decisiones políticas, estratégicas y técnicas que avanzan en forma integrada y descendente desde la Presidencia hasta el Ministerio de Defensa, pasando por el Congreso, en una aproximación técnico – racional. Finalmente, es un proceso político con diversos actores interesados en su desarrollo y concreción, lo que demanda negociación y acuerdo entre las partes.
Una política de defensa, como todas las políticas públicas, es un “proceso y un resultado”, es una dinámica.
En Chile esto nos lleva a dos asuntos claves que aun no se resuelven y siguen trabando su modernización, a saber: la baja capacidad de los gobiernos para establecer políticas públicas y controlar su ejecución y resultados, y la carencia de un Ministerio de Defensa eficiente y realmente democrático.
Actualmente la necesidad de una política pública de defensa (o una Política de Defensa) se hace urgente por cuatro razones fundamentales:
 Porque existen carencias objetivas de probidad y eficiencia en la administración de los recursos asignados al sector;
 Porque no hay dirección ni control explícito de la defensa a nivel Presidencial.
 Porque existe evidencia objetiva de falta de autoridad, voluntad política y capacidad de la Gestión Ministerial, y
 Porque los actores con poder califican esta situación cómo problema público.
Es decir, se requiere una Política de Pública de Defensa porque diversos grupos políticos, sociales y militares consideran que la situación actual no es aceptable y que es necesaria una intervención de política pública para remediarla.
La solución de este problema comienza por resolver las dos carencias fundamentales ya enunciadas; a nivel Presidencial y Ministerial. En este sentido, muchas de las deficiencias sectoriales observadas por la opinión pública en la conducción de la defensa, como sueldos, pensiones, carreras, remuneraciones, eficiencia en la gestión de recursos, adquisiciones, dimensiones de las fuerzas, nivel de gastos, eliminación de la Ley Reservada del Cobre, probidad y otras son el resultado del potenciamiento mutuo de las carencias señaladas.
Un Ministerio de Defensa tiene dos funciones básicas; generar una política de defensa y dirigir la ejecución de la misma. Un Libro de la Defensa no es una política, es una forma de comunicar o socializar un conjunto de ideas, es una declaración de intenciones más o menos amplias. La Administración de la defensa, tampoco es una política, es una estructura de la misma.
Dada la complejidad de la realidad del tema que cubre, en la práctica se trata de un conjunto de políticas sectoriales o parciales que afectan a diferentes aspectos interrelacionados del sistema.

Para materializarla, el primer problema surge del hecho de que no todas las políticas pueden hacerse al mismo tiempo, es decir, hay que elegir cuales aspectos de la realidad van a ser modificados y determinar cuáles serán efectuadas simultáneamente y cuáles en forma secuencial. Luego, para cada una de ellas, hay que definir objetivos, indicadores que muestren el avance, estrategias para avanzar, reconocer las limitaciones impuestas por el medio y por las condiciones políticas, económicas y otras, identificar a los interesados y afectados y varios otros elementos comunes a la aplicación de cualquier política pública.
Los aspectos que deben interesar a un Ministerio de Defensa se encuentran en dos ámbitos: preparación de las fuerzas y el empleo de las mismas. La “preparación” a su vez se refiere a la gestión de activos como armas, infraestructura y personal y el “empleo” se relaciona con entrenamiento, despliegue y operaciones.
Lo indicado señala que el Ministerio de Defensa debe poder definir y llevar a cabo políticas en todos esos ámbitos. El mando militar, operativo y administrativo de las fuerzas militares en tiempo de paz debe ser ejercido por el Ministro de Defensa, apoyado por la Junta de Comandantes en Jefe y el Estado Mayor Conjunto.

Para “dirigir la ejecución” de las mismas, debe ser capaz de establecer una previsión sobre la aplicación y resultados de cada política en particular y del conjunto en general. Debe establecer objetivos claros y medibles, controles y sistemas de evaluación independiente de los ejecutores.
Respecto al “empleo” de las fuerzas, debe ser capaz de proveer las orientaciones, la conducción y la supervisión de las operaciones militares en la preparación de las fuerzas y en el cumplimiento de las funciones que le asigna la Constitución en los Estados de excepción que se dispongan.
En una situación de paz y baja conflictividad internacional como la que disfruta nuestro país, la primera prioridad la tiene la preparación de las fuerzas y es en este ámbito en que la Ley Orgánica del Ministerio de Defensa muestra debilidades insanables al no incluir, precisar ni formalizar instancias con las atribuciones y competencias necesarias en los ámbitos de material, personal, infraestructura, servicios comunes y funciones compartidas y la capacidad de evaluación de los resultados de las mismas brilla por su ausencia.
La función de empleo de las fuerzas, particularmente en paz, es un enredo mayúsculo en el cual se han combinado en forma perversa, la falta de liderazgo; la aversión al riesgo y a la responsabilidad de los Ministros de Defensa y los intentos ideológicos de desmantelar los mandos institucionales y transferir el mando a un comando conjunto que viene asegurar la invulnerabilidad del Ministro y excluirlo de toda responsabilidad y toma de decisiones, transformándolo en un espectador del actuar de las FFAA.