Archivo por meses: febrero 2024

Imposición del Orden y la Seguridad

Por una vez digamos la verdad.[1]  (2)

La “seguridad ciudadana” es el producto de las acciones y previsiones del Estado para proteger a los ciudadanos y asegurar su calidad de vida.

La percepción de inseguridad en 2023 Chile alcanzó el 90,6%, la más alta en 10 años y muestra un incremento del 23% respecto a 2022 fue 70,6%

Por su parte, el índice de percepción ciudadana sobre la situación de la seguridad pública señala que el miedo de la población chilena a ser atacado alcanzó su máximo registro histórico llegando al 30,5%.

Durante 2012 el 24%; de los hogares chilenos fue víctima de algún delito como robo con violencia o intimidación, robo por sorpresa, robo de vehículos y hurtos; 2013 el 21%; durante el año 2019 fue 23,6%; en 2021 fue de 21%.

Es decir, en términos reales, la criminalidad ha variado relativamente poco.

Sin embargo, hay consenso general que hoy día Chile sufre una aguda crisis de seguridad.

La Declaración de Derechos del Hombre (1789) señala que “La libertad consiste en poder hacer todo lo que no sea perjudicial al otro. Así, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otro límite que aquellos que aseguren a los otros miembros de la sociedad el disfrute de estos mismos derechos; estos límites sólo pueden estar determinados por la ley”. El concepto de “orden público” establece garantía y límite a la libertad.

Este concepto evolucionó hacia el de “seguridad ciudadana” mucho más amplio, que incorpora los valores del Estado Social y Democrático; llevando al concepto más allá de forzar a los ciudadanos a la “obediencia a la norma” sino a garantizar la “calidad de vida” de los mismos. Este cambio es crítico ya permite percibir con claridad que frente a las demandas de seguridad, la democracia aparece asociada a sentimientos de peligro, miedo y urgencia.

Se trata, entonces, de dejar de lado el paradigma del orden, para ubicarnos en el de la seguridad urbana, entendiendo seguridad de las personas y no seguridad del Estado. Si la inseguridad y el miedo han aumento considerablemente y la criminalidad ha variado relativamente poco es porque debe haber otros factores concomitantes que no estamos valorando.

En efecto, la primera amenaza existencial a los chilenos vino del alzamiento pre-revolucionario de octubre 2019 que puso en duda la continuidad democrática de Chile y su condición de Nación. Luego surgió la inmigración ilegal, que cambió por completo a barrios y pueblos e introdujo un elemento de tensión social integral; después y conexo con lo señalado apareció la práctica de delitos atroces, desconocidos para los chilenos y detalladamente difundidos por la televisión: el descuartizamiento de las víctimas, los secuestros extorsivos, el sicariato profesional, las “encerronas” y “portonazos”, el pandillerismo como forma de vida, la guerra entre bandas delictuales, el abandono de las víctimas en lugar públicos y concurridos, la depreciación intensa del respeto a la ley, la higiene y las conductas ciudadanas civilizadas.

Si sumamos la seguidilla de eventos electorales constitucionales; la crisis económica; la expresión y práctica de un partido político de extrema izquierda y de varios grupos anarquistas validando el empleo de la violencia con fines políticos anti democráticos, podemos apreciar que mirado en forma realista y amplia, el temor y la incertidumbre de la ciudadanía decente de Chile respecto a su seguridad actual y futura, en su casa y fuera de ella, en su transporte público o privado en los barrios comerciales y residenciales y prácticamente en todo su hábitat es completamente naturales y fundados. A lo señalado se suma la evidente incompetencia y deshonestidad de muchos órganos de gobierno, legislativos y judiciales.

Volviendo al tema que nos interesa, si los que buscamos es la “seguridad ciudadana” y no “la seguridad del estado”, es en el funcionamiento de éste el lugar en donde debemos buscar la causa y no solo hacerlo en las Policías, las que, por cierto, están sujetas a crítica como todos los demás órganos del estado de Chile. Parece evidente que la refundación de Carabineros de Chile será un aporte menor y de baja prioridad para el bienestar y seguridad de los ciudadanos.

En este marco, la necesidad social de seguridad de personas y bienes justifica, per se, la existencia de la policía. De esta manera, los ciudadanos son los primeros interesados en colaborar con la actuación policial, de tal suerte que se evite el recurso a la fuerza. Para concluir, podríamos decir que el modelo de policía comunitaria tiene su última justificación en el mantenimiento de la seguridad de las personas.

Chile y Carabineros de Chile en particular han dado pasos firmes hacia la conformación una policía “comunitaria”, “educadora” y “correctiva” que le ha hecho ganar la estima de la ciudadanía y le ha permitido avanzar un largo trecho para adaptarse al Chile del siglo XXI con tanto éxito como lo ha hecho hasta hoy.

En una próxima oportunidad, veremos el concepto de Plan  Cuadrante y la necesidad de otra organización policial integrada a Carabineros pero operada directamente por el Ministerios del Interior (o de Seguridad Pública), para manejar temas complicados, con fuerte carga política, que conflictúan con la existencia de una policía “comunitaria” realmente eficaz; me refiero al control de disturbios, multitudes agresivas y descontroladas, de grupos políticos violentos y de terroristas, delitos de ocurrencia ocasional pero de alta peligrosidad e intensamente potenciadoras de la inseguridad ciudadana.

      Fernando Thauby García

Melosilla 20 de febrero de 2024


[1] Este paper forma parte de un conjunto de varios documentos que, bajo un mismo título seguido de un número correlativo conforma una propuesta estratégica de seguridad ciudadana.

Imposición del Orden y la Seguridad

Por una vez, digamos verdades

La reciente reunión del Consejo de Seguridad Nacional, cuyo texto fue publicado por el gobierno, fue un fraude. En efecto, la ciudadanía creyó que se trataría de la seguridad que les importa a ellos y así lo dejó creer el gobierno. Pero no, el tema era darle más vueltas al manido tema de la “protección de la infraestructura” de servicios por parte de las FFAA.

Del texto quedó claro que el asunto de fondo era constatar que tanto las FFAA como el Gobierno no querían que, durante la existencia de un Estado de Excepción Constitucional específico, éstas se involucraran en la protección de la ciudadanía que vive en áreas urbanas.

Llevamos años dando vuelta al tema de las FFAA en la seguridad interna. El asunto es simple y claro: El responsable y encargado de proveer a los ciudadanos de un entorno seguro en el cual llevar a cabo su vida y actividades es el Gobierno. Todas las Constituciones habidas y por haber así lo establecen. Es el eje del contrato social mediante el cual los ciudadanos entregan parte de su libertad y su dinero al estado, a cambio de la protección de su vida y sus bienes. En Chile, la Constitución entrega esta tarea al Presidente de la República y éste lo lleva a cabo mediante un conjunto de instituciones que la misma Constitución establece.

Para enfrentar situaciones extraordinarias, la Constitución considera la existencia de Estados de Excepción Constitucional que a su vez requieren su confirmación por parte del Congreso. Este Estado de Excepción otorga al Presidente la facultad de determinar la forma y oportunidad del empleo de las FFAA en tareas de orden y seguridad.

En breve, la responsabilidad de la conservación del orden y la seguridad es responsabilidad del Presidente en tiempos normales, refrendado por el Congreso en tiempos extraordinarios.

Si el poder político (ejecutivo y congreso) quieren eliminar un Estado de Excepción, o modificarlo, es asunto suyo, en el cual los militares no tienen opinión. Es una elección política.

Desde otra perspectiva, la Constitución excluye a las FFAA de las tareas de resguardo del orden y la seguridad pública, pero reconoce que puede haber situaciones “excepcionales” que serán definidas y juzgadas así por el Poder Político; es decir tiene claro que existen situaciones fuera de la normalidad y que se requiere el empleo de medios y recursos de fuerza excepcionales. En este caso, La misma Constitución establece que esas fuerzas son las FFAA, que tienen características de equipamiento, empleo y objetivos específicos derivados también de la misma Constitución. Son fuerzas de combate para la defensa armada y exterior de la República.

Esto nos permite apreciar que si se vive una situación de tal magnitud que el Gobierno declara un Estado de Excepción que lo autoriza a emplear a las FFAA y que éstas son, sin duda, fuerzas de combate, las consecuencias de su empleo son de su exclusiva responsabilidad, ya que el Congreso lo autorizó a emplear los recursos de fuerzas existentes tal y como son. Si quiere otro tipo de capacidades deberá fundar otras instituciones o modificar profundamente las existentes, renunciando a disponer de fuerzas de combate.

Si no era eso lo que quería, debería levantar el Estado de Excepción.

De la misma manera, deberá asumirá que el empleo de las fuerzas tendrá consigo un determinado nivel de eficacia y un probable nivel de bajas. De esta realidad es de donde surge el poder disuasivo del Ejecutivo-a través de sus FFAA- hacia los causantes del caos, que los llevará a desistir de sus empeños violentos o a enfrentar conscientemente los efectos de su elección. Es absurdo enviar una fuerza de combate con prohibición de emplear sus medios de combate. Los oponentes, conocedores de esa situación actuarán aún más violentamente. A contrario sensu, su aparición en la escena, estando conscientes que se empeñarán en combate en cualquier momento es, efectivamente disuasivo y las probabilidades que haya un encuentro mayor, decrecen fuertemente.

La derrota de las FFAA es el primer paso de la derrota del Estado.

Por ahora, creo que está establecido, uno, que para un gobierno tomar decisiones a medias es mucho más peligroso de lo que parece y segundo que no debería declarar Estado de Emergencia en una situación que no es tal y que no valida el empleo de fuerzas militares. Tratar de modificar sobre la marcha la naturaleza de una fuerza de combate es tentar al destino y correr riesgos imposibles de cuantificar.

¿En qué condiciones las FFAA pueden actuar con eficiencia en la protección del orden y seguridad pública? ¿Quién asume las responsabilidades políticas y operativas? ¿Quién manda que?

En una próxima oportunidad revisaremos estos y otros aspectos críticos de este problema.

      Fernando Thauby García

 Melosilla, 17 de febrero de 2024

Modelo Chileno de Gestión Pública

TODOS MANDAN, NADIE MANDA.

En situaciones de crisis, la siempre confusa organización del estado de Chile ha sido superada, generalmente, por la asunción directa del mando del Presidente de la República (estilo Pinochet o Piñera) o por la concentración del mando ejecutivo en un jefe civil o militar.

Como todo tiene que cambiar, en el gobierno actual se organizó algo especial, con perspectiva de género, completamente creativa y cuoteada.

DELEGADO PRESIDENCIAL REGIONAL DE CHILE

Por la reforma constitucional del año 2017, se establece la figura del Delegado Presidencial Regional  (DPR) en reemplazo del Intendente Regional, que asumen sus cargos el 14 de Julio de 2021.

El DPR ejerce el gobierno interior de cada región. Es el representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Es nombrado por el jefe del Estado y del Gobierno y se mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza.

El DPR es quien ejerce las funciones y atribuciones del presidente de la República en cada una de las 16 regiones de Chile. Además le corresponde la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que operen en la región que dependan o se relacionen con un ministerio, ejerce sus respectivas funciones de acuerdo a las órdenes e instrucciones del presidente de la República.

Algunas de labores que debe cumplir:

-La coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos, que dependan o se relacionen con el presidente de la República a través de un Ministerio (como las Secretarías regionales ministeriales, Seremi’s o delegaciones presidenciales provinciales),.

-Velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes y podrá requerir el auxilio de la fuerza pública (Carabineros o FFAA) en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.

-Los delegados presidenciales regionales deberán poner en conocimiento de la Contraloría General de la República y del tribunal competente, aquellos hechos que, con fundamento plausible, puedan originar responsabilidad administrativa, civil o penal en contra de algún funcionario de las instituciones sujetas a su fiscalización o supervigilancia.

-No preside el Consejo Regional ni es el órgano ejecutivo en cada región, tareas que corresponden al Gobernador Regional.

GOBERNADOR REGIONAL (GORE)

EL Gobernador Regional es electo por votación popular, preside el Consejo Regional y es el órgano ejecutivo en cada región.

Las normas aclarativas de este cargo me resultan incomprensibles, tarea que dejo a los lectores: “GOBERNADOR REGIONAL

“Los gobiernos regionales (GORE) son los órganos públicos encargados de la administración superior de cada una de las regiones de Chile, y que tienen por objeto el desarrollo social, cultural y patrimonio propio. Tienen su sede en la ciudad capital de la respectiva región, sin perjuicio de que puedan ejercer sus funciones transitoriamente en otras localidades de la región.

Los gobiernos regionales están constituidos por dos órganos: por el gobernador regional respectivo, el cual es elegido por votación popular y dura cuatro años en su cargo pudiendo ser reelegido una vez, y por el consejo regional, compuesto de consejeros elegidos por sufragio universal, en votación directa, por periodos de cuatro años, y que pueden ser reelegidos.

El consejo regional fue creado mediante una reforma constitucional efectuada el año 1991 e implementada con la Ley 19175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, de 1992. Los primeros gobiernos regionales se instalaron en 1993.

Son funciones generales del gobierno regional:

-Diseñar, elaborar, aprobar y aplicar las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la región en el ámbito de sus competencias, los que deberán ajustarse al presupuesto de la Nación; a la estrategia regional de desarrollo y a los instrumentos de planificación comunal.

-Orientar el desarrollo territorial de la región en coordinación con los servicios públicos y municipalidades, localizados en ella.

-Administrar fondos y programas de aplicación regional.

-Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan.

-Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes.

DELEGADO MILITAR POR LA ZONA DE CATÁSTROFE

El presidente o presidenta de la República debe designar a un Jefe de la Defensa Nacional, que asume la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señala. Las facultades presidenciales pueden ser delegadas total o parcialmente en los jefes de la Defensa Nacional designados y tendrán los siguientes deberes y atribuciones:

-Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional que haya dado origen a dicho estado.

-Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.

-Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.

-Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.

Como esta organización era incompatible con una gestión mas o menos razonable, Boric le hizo un agregado que muy probablemente no contribuirá a aumentar la eficiencia.

DELEGADA PRESIDENCIAL AD-HOC (CAMILA VALLEJO)

Designada personalmente por Boric, ante quien responde: “Tras dar el anuncio, Boric señaló que la ministra de la Secretaría General de Gobierno (Segegob) “va a tener una visión global de todos los problemas”, ya que se trata de “una persona de mi total confianza”.

Su función será decirle al presidente “dónde hay puntos flojos” que deben “ajustar”, además, “ella va a estar revisando permanentemente todo el territorio y va a estar también ayudando a la coordinación entre las diversas autoridades porque sabemos que tenemos que mejorar la coordinación entre autoridades regionales, municipales y nacionales”.

Por eso la ministra Vallejo queda como el enlace del gobierno en el territorio”, acotó el Mandatario

Dado que la Municipalidad de Viña del Mar no cuenta con plan de emergencia y evacuación válido, ya que el existente es un plagio inválido, la primera tarea debería ser esa, oportunidad en que se pondrá a prueba esta confusa organización.

         Fernando Thauby García

            10 de febrero de 2024

CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL

BORIC, EXTRAVIADO, DA PALOS DE CIEGO.

Los Fiscales, encabezados por Ximena Chong pidieron una sala especial, de mayor capacidad, disponible durante la semana que durará la formalización de los generales de Carabineros, Ricardo Yáñez, Mario Rozas y Diego Olate. Ahí concentrarán un amplio número de personas relacionadas con los 450 presuntos afectados por violaciones a sus derechos humanos, por parte del Alto Mando de Carabineros.

Desde ahí, por prensa y televisión se resucitará la acusación de la “violación masiva” de los derechos humanos de los “manifestantes” en los muchos días del intento de golpe de estado iniciado el 19 de octubre de 2019.

El delito sería por “omisión” es decir, sabiendo lo que estaba pasando en cada punto en que se expresaba la violencia de la crisis, esas autoridades policiales no tomaron acciones para contener los delitos que sus fuerzas estarían cometiendo en ellos. El problema es que esos generales no tenían esa información, en todo caso, tenían la misma información que el Ministro de Interior y de Piñera mismo.

En el caso del general Yáñez destaca el fallecimiento de Cristián Valdebenito, muerto por el impacto de un objeto contundente que los que lo rodeaban aseguran se trataba de una bomba lacrimógena. De ser cierto, la prohibición de emplear bombas lacrimógenas por parte del general Yáñez, habría constituido desacato de su parte a las órdenes de Piñera, de contener el vandalismo y los desmanes.

Ahí va la máquina político judicial dejando afuera a Piñera y culpando al general Yáñez.

Con este trasfondo, el presidente cita al Consejo de Seguridad Nacional para tratar algo que aún no ha dicho para qué. Si es para escuchar alternativas para incrementar la exigencia de cumplimiento de la ley a las turbas que apoyan al mismo Boric, es una idea carente de lógica. Boric sabe sus pros y contras perfectamente, no necesita asesoría. Se agrega a lo anterior el agudo contraste entre el trato que los Poderes Ejecutivo y Judicial dan a los militares y policías, en comparación a los premios y pensiones de gracias que dan a los delincuentes, presuntas víctimas de las fuerzas policiales al mando del general Yáñez.

Otras voces recomiendan “militarizar” la crisis de seguridad. Esta idea, además de impracticable, es una atribución exclusiva del Ejecutivo, y dado el largo debate habido al respecto, no ha lugar escuchar al COSENA, cuyos miembros han expresado muchas veces sus pareceres respecto a la materia, se trataría exclusivamente de una elección política y basta con que Boric se decida a hacerlo o no. El resto es show.

Hemos llegado a una situación muy clara: todos sabemos que es lo que se puede hacer, cuáles son los poderes del Ejecutivo, que dice la Constitución y las leyes al respecto.

Ya no queda espacio para sacarle el poto a la jeringa, lo que queda es una decisión política de responsabilidad exclusiva de Boric, él deberá tomarla y asumir las consecuencias de ella, cualquiera que sea.

Fernando Thauby García

3 de febrero de 2024

CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL Y

ESTATEGIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

“No hay buen viento para un buque que no tiene puerto”; si no sabemos para dónde vamos ¿cómo podríamos emprender un viaje?

El 30 de junio de 2022, Boric presentó en Arica un Plan Nacional de Seguridad Pública donde “propone más de 33 medidas específicas para el fortalecimiento institucional y la gobernanza en materia de seguridad pública, la prevención del delito, mejorar la información disponible, proteger y acompañar a las víctimas de delitos, persecución del crimen organizado, control de armas y recuperación de espacios públicos”.

Por definición, una estrategia muestra la visión de la condición final a obtener. Lo que Boric presentó no es una estrategia; no señala el estado o situación final a la que se desea llegar ni la combinación de acciones de diversos elementos del Estado y privado, existentes o por crearse, para materializarla en un determinado nivel de eficiencia y costo. Se limita a identificar acciones descoordinadas y autónomas de organismos independientes.

Sin metas es imposible saber si se está trabajando bien o no, si estamos teniendo éxito o estamos empleando mal los recursos. Una estrategia puede expresarse a través de uno o varios Planes, coordinados entre si, que disponen las acciones concretas a las organizaciones de menor nivel; los planes son elementos ejecutivos y de coordinación, de duración variable, que se comportan como medios de dirección, control, coordinación y supervisión del Mando superior, elemento imprescindible de coordinación, control y responsabilidad.

La estrategia tiene que ver fundamentalmente con opciones; manifiesta una preferencia por un estado o condición futura, y establece la forma de llegar a ella. Une el vacío entre la realidad de hoy y el futuro deseado y señala la manera concreta de cómo hacerlo. La estrategia debe poner énfasis en la eficacia, en los resultados.

Un experto norteamericano en visita a Chile señaló que “como base un plan estratégico de seguridad ciudadana necesita  4 pilares:  (1) investigar las organizaciones criminales y su relación con otras bandas en cada ciudad, (2) recopilar datos de infraestructura para entender la distribución de la zona donde operan estos grupos, (3) analizar datos anuales sobre el comportamiento de estas “pandillas”y (4) colaborar con el Estado y oficinas gubernamentales en experimentos sociales enfocados en las nuevas generaciones.

Esta no es una estrategia de seguridad ciudadana integral, son medidas coordinadas, pero en solo un nivel delictual, como si cada tipo delito fuera aislado e independiente. En un compartimento estanco.

La seguridad ciudadana que nos interesa abarca una problemática mucho más amplia y compleja. Los ataques a la seguridad provienen solo muy parcialmente de bandas y pandillas, sino que están insertos en una estructura nacional e internacional delictual en la cual Chile se encuentra situado, en un medio político en el cual el recurso al uso de la violencia es aceptado y practicado de hecho y en un sistema judicial permisivo y con frecuencia politizado y corrupto, que neutraliza muchas medidas para el control social.

En Chile, mayoritariamente, los ciudadanos sienten temor y culpan principalmente al Gobierno y al Sistema Judicial, no a las Policías. Es un problema complejo de entender y abordar.

Carabineros de Chile, durante los últimos 10 meses, tuvieron una aprobación de entre 75% y 83%. Los partidos políticos de oposición también fueron evaluados. En la última encuesta Cadem el Partido de la Gente tuvo la mayor aprobación con 32%. Le siguió RN 31%, la UDI 29% y el Partido Republicano 28%. Los partidos de Gobierno, en el otro extremo, se ubicaron el PRSD (con 8%, el Partido Liberal con18% y el PC con 15%) partido cuya desaprobación alcanzó el 76%.

La estructura delictual es diferente en los distintos países y está materializada por muchos elementos simultáneos y cambiantes en intensidad y modus operandi: situación económica nacional, corrupción gubernamental, ingreso de delincuentes extranjeros, bandas transnacionales, agitación política violenta; elementos violentistas (barras bravas, espectáculos masivos).

A.-Una estrategia nacional de seguridad pública comienza con caracterizar el estado y nivel de seguridad que se busca y definir prioridades. En el caso nacional, el objetivo inicial fundamental podría ser “crear una condición que haga sentir a la ciudadanía un estado de control y seguridad. De supremacía estatal sobre la delincuencia. De imperio de la ley y control sobre la delincuencia que la afecta en las formas más directas y sensibles”.

B.- En segundo lugar, establecer la prioridad y secuencia del establecimiento de la supremacía estatal en forma clara y visible:

1.- Identificación, control y combate al crimen local, barrial y de pandillas. Control y reducción sobre los delincuentes extranjeros (inmigrantes ilegales); identificación y control sobre las pandillas (en los barrios, barras bravas, micro traficantes de drogas, ladrones y asaltantes en tiendas y supermercados); robo y reducción de automóviles. Abusadores de poder grupal sobre la ciudadanía (tomas de caminos, terrenos particulares urbanos y agrícolas, espacios públicos, acceso a los territorios declarados fuera del control del estado).  Ingreso forzado a espectáculos, grandes establecimientos comerciales; espacios y actividades privadas o públicas; asaltantes y criminales que agreden a personas, particularmente mujeres y niños, en sus casas y en espacios públicos.

Estas tareas corresponden principalmente a ambas policías: Carabineros de Chile y la PDI y la efectúan inmersos en la ciudadanía, en una actitud general educativa y ciudadana, pero inflexible y sin excepciones.

 2.- Identificación, control y combate al Crimen Organizado. El Crimen organizado no es un delito en sí mismo, es una denominación genérica que se da a los delitos en que actúan grupos de personas en forma organizada y regular. Entre 2018 y 2022, pasaron de 23,7% del total anual de casos criminales a 41,6% lo preocupante de esa cifra es que es una señal de la instalación y crecimiento del crimen organizado en Chile y muestra la profesionalización criminal.

En general, las redes delictuales organizadas operan en diferentes tipos de actividades internacionalmente. El crimen organizado es un complejo altamente centralizado, creado con el fin de realizar actividades ilegales. Tales organizaciones cometen delitos como de crimen organizado como el robo de cargas, fraude, secuestro por rescate y exigencia de pagos de «protección», también incluyen, tráfico de drogas, mercancías ilícitas y armas, trata de personas, robo a mano armada, falsificaciones y blanqueo de capitales.

Se puede apreciar que muchas de las actividades criminales organizadas se materializan hacia “los clientes”, mediante redes criminales locales, pandillas de barrios, grupos violentos y similares, que sin ser parte integral de la organización criminal internacional, siguen sus órdenes, les prestan servicio, los financia y los encubren.

El combate al crimen organizado es fundamentalmente un trabajo de inteligencia Ministerial de Seguridad, cuya información proviene de los Ministerios Públicos extranjeros, Servicio Nacional de Aduanas, Servicio de Impuestos Internos, Bancos, Contraloría General y Bancos, entre otras. Desde el otro extremo, las policías territoriales,  Carabineros y PDI , en contacto con los niveles inferiores de la criminalidad, están en condiciones de beneficiarse de la inteligencia Ministerial y también de apoyarla proveyendo información de las actividades delictuales en sus ámbitos de acción.

En Chile, la criminalidad organizada es tarea de la Fiscalía Nacional, teniendo como objetivo fundamental una eficiente persecución penal, sobre delitos ya ocurridos. Se aprecia que el foco es distinto, la inteligencia se adelanta a las acciones, identifica actores y tendencias y establece relaciones para identificar qué, dónde y quienes, van a actuar criminalmente.

Para una mejor investigación de estos delitos, la Fiscalía se coordina con diversas instituciones públicas y privadas, entre ellas los Ministerios Públicos extranjeros, Servicio Nacional de Aduanas, Servicio de Impuestos Internos, Bancos, entre otras.

Podemos ver que sin una estrategia clara, los esfuerzos nunca se potenciarán entre si y los resultados serán mediocres y frustrantes.

Si la próxima reunión del COSENA se limita a proponer acciones desarticuladas sin un objetivo específico, mensurable, otra vez estaremos perdiendo el tiempo y confundiendo show con acciones reales.

Fernando Thauby García

     2 de febrero de 2024

MENSAJE A LOS POLÍTICOS Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE CHILE.

A petición del Primer Ministro británico, a finales de 1995 se constituyó un Comité de Expertos para proponer unas Normas de Conducta en la Vida Pública, ésta referida a la actividad parlamentaria y administrativa. Dicho Comité emitió, en mayo de 1995, un informe del que se reproducen las recomendaciones que se refieren a los principios que deben inspirar la actuación de políticos y funcionarios públicos.

Los siete principios de la vida pública

  • Capacidad de asumir el interés público

El personal de la Administración Pública deberá adoptar sus decisiones únicamente en aras del interés público.

Nunca actuará a fin de obtener beneficios económicos o cualesquiera otros beneficios materiales para sí, su familia o sus amigos.

Integridad

El personal de la Administración Pública no debería ponerse en situación de contraer obligaciones financieras ni ninguna otra con individuos u organizaciones que puedan influir en el desarrollo de sus actuaciones públicas

  • Objetividad

En el desempeño de actividades públicas, incluyendo los nombramientos de cargos públicos, la firma de contratos, o la recomendación de individuos para premios y beneficios, el personal de la Administración Pública basará todas sus elecciones en el principio de mérito.

  • Responsabilidad

El personal de la Administración Pública es responsable de las decisiones y actos que afecten a la sociedad y debe someterse a cualquier tipo de control que se considere necesario.

  • Transparencia

El personal de la Administración Pública deberá ser tan transparente como sea posible respecto a las decisiones y actos que adopte. Deberá motivar sus actos y sólo restringirá la información cuando claramente lo exija el interés público.

  • Honestidad

El personal de la Administración Pública tiene el deber de declarar cualquier interés privado que pueda guardar relación con sus actividades públicas y adoptar cuantas medidas sean necesarias para resolver cualquier conflicto que pudiera surgir de modo que quede salvaguardado el interés público.

  • Capacidad de decisión (Liderazgo)

El personal de la Administración Pública deberá promover y respetar estos principios como modelo en la toma de decisiones.

Estos principios se deben aplicar en todos los ámbitos de la vida pública. El comité los ha expuesto aquí para el provecho de todos los que sirven al interés público de alguna manera.

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La reproducción de este Mensaje a los actuales Políticos y Funcionarios de la Administración Pública de Chile es una muestra palpable de la inocencia e ingenuidad del suscrito. Mi esperanza es que algún ciudadano decente que quiera participar en la política nacional, lea e incorpore a su conducta algo de lo aquí indicado. Chile lo merece.

Atentamente

                   Fernando Thauby García

                        2 de Febrero de 2024