La «filtración» de información judicial reservada. Un abuso habitual

Dentro de lo que la prensa bautizó como “Caso Fragatas”, -la investigación llevada a cabo por el Fiscal de la Zona Oriente Carlos Gajardo para esclarecer los posibles delitos ocurridos en el proceso de modificación de las estructuras de las fragatas adquiridas por Chile al gobierno de Holanda-, se dispuso la incautación de la información contenida en el computador de uno de los investigados, el empresario  Guillermo Ibieta.

Este “disco duro”  fue incautado por la policía civil y entregado a la Fiscalía Oriente para, se supone, su custodia y análisis para los fines de la investigación. Muy poco después, un periódico electrónico nacional dio a conocer que había tenido acceso a los 100.000 archivos de información referida a “transacciones bancarias, informes de ex marinos chilenos, recomendaciones de lobby para distintos proyectos y un contrato secreto de Asmar”. Y precisa aun más: “Se trata de sólo una muestra de lo que contiene el disco duro de este “intermediario” de cuyos 43 gigabytes (el diario electrónico citado) obtuvo una copia íntegra. La misma que está en manos del fiscal de la zona oriente Carlos Gajardo”.

Esta información fue el puntapié inicial para varias semanas de especulaciones, suposiciones, cuestionamientos y nuevas acusaciones periodísticas a todas las personas y organismos que tuvieron la desgracia de estar mencionados en los documentos de Ibieta que, por lo demás, nadie podía asegurar que dijeran la verdad o mintieran.

Los afectados fueron severamente vulnerados en sus derechos. Los antecedentes obtenidos por la policía, en uso de las atribuciones entregadas a ellos para apoyar a la justicia, se transformaron en instrumento para juzgarlos y condenarlos frente a la opinión pública. No tuvieron ocasión de defenderse; fueron declarados culpables aunque la justicia, eventualmente, los declare inocentes.

El procedimiento parece ilegal e inmoral, sin embargo lo más grave es que no se aclaró la fuga de información secreta desde la Fiscalía Oriente desde la Policía o desde otra fuente, hacia el medio electrónico.

Pero es peor, esta situación, en si misma seria y preocupante, no terminó ahí. El fenómeno volvió a repetirse.

Dentro de la misma investigación, el Ministro de Fuero Manuel Antonio Valderrama Rebolledo y el Fiscal Metropolitano Oriente Carlos Gajardo, solicitaron  al Ministro de Defensa amplia información respecto al proceso de adquisición de los buques y materiales conexos, la que fue entregada por el Comandante en Jefe de la Armada al Ministro de Defensa Nacional mediante el Oficio Secreto N° 4561/3079 del 25 de Junio de 2012, –  junto a una carpeta con información  clasificada como Secreto, respecto al cual se solicitó tener presente lo señalado en el Código de Justicia Militar, el Código de Procedimiento Penal y el Código Procesal Penal en cuanto a “evitar la divulgación de la información durante la investigación y substanciación del eventual proceso y que al término de éste, los antecedentes sean devueltos a la Armada”.

Pues bien, muy poco después, el mismo medio digital los dio a conocer, in extenso y completamente, en su publicación electrónica. Nuevamente, ni el Ministro de Defensa Nacional, ni el Ministro de Fuero, ni el Fiscal de la Zona Oriente  tomaron acción legal ante esta gravísima vulneración de la seguridad de la defensa nacional.

De acuerdo a la ley, dentro de las 24 horas de haberse producido la publicación de estos documentos, y mediante ella, de haberse producido un eventual delito, las autoridades afectadas debieron haber interpuestos las denuncias correspondientes. En efecto, sea el Fiscal de la Zona Oriente o el Ministro de Defensa debieron haber procedido en la forma señalada. Aparentemente -algunos días después- sólo el Comandante en Jefe de la Armada lo habría hecho. Nada se ha sabido del avance de esa investigación.

Caben muchas preguntas, pero sin duda la primera y principal es saber la causa del aparente incumplimiento de la obligación funcionaria de diversas autoridades del Ejecutivo y también del Poder Judicial de denunciar posibles delitos que los podrían involucrarlos a ellos mismos y llevar a cabo las investigaciones necesarias para identificar a los culpables, los responsables, sus cómplices y determinar las razones de la repetición de hechos similares que configuran graves violaciones a la seguridad de la defensa nacional, delito que en todo el mundo es sancionado con severidad.

Y sigue. En otra investigación posterior, la referente a las responsabilidades de la forma caótica en que ¿se manejó? el terremoto y maremoto del 27 de febrero del año 2010, la fiscal Solange Huerta encargó a un equipo de la Policía de Investigaciones una completa indagatoria al respecto. Esta información, se supone, debía ir a complementar las declaraciones de muchas personas involucradas, de testigos y del análisis de múltiples documentos, algunos de capital importancia como el Plan Nacional de Catástrofes, que en conjunto deberían proporcionar a la jueza los elementos para atribuir inocencias y culpabilidades en forma justa, legal y ecuánime.

Esta vez, de nuevo, el primer informe, un voluminoso documento, fue “filtrado” a la prensa, es decir, los encargados de su custodia en el Juzgado, en la Policía o en otro lugar, nuevamente no cumplieron sus obligaciones y dieron la oportunidad a que comentaristas periodísticos inescrupulosos festinaran su contenido atribuyendo culpas, acusaciones e imputaciones de todo tipo a ciudadanos que, otra vez, quedaron a merced, -indefensos e impotentes-, de este poder fáctico conformado por los administradores periodísticos de la información judicial reservada. Lo mismo sucedió con un segundo informe,  del cual un periodista se ufana “El informe entregado esta semana, de 1.983 páginas (cinco tomos), es una ampliación del que la misma Fuerza de Tarea Reservada Occidente de la PDI entregó en febrero de 2012 a la fiscal Solange Huerta, que tenía 8.514 páginas (20 tomos). El total, por tanto, llega a las casi 10 mil páginas. Este último es más macizo, porque afina y concluye episodios incompletos en el anterior” y luego procede a describir su contenido y entregar sus especulaciones.

No es conducente y no es justo atribuir estas situaciones a la prensa como actividad o como gremio; menos cuestionar la libertad de prensa. Tampoco debilitar lo avanzado respecto a transparencia de los actos de las autoridades o funcionarios, pero es imprescindible la existencia de una contrapartida efectiva que acote la impunidad de los que trasgreden esas normas en beneficio propio -fama o dinero-.

El incumplimiento por parte de las autoridades Judiciales, Ministeriales, de la Policía y otros, de las normas legales que los obligan a denunciar, investigar y sancionar las conductas ilegales, abusivas y prepotentes de las autoridades en perjuicio de los ciudadanos de a pié, no puede ser tolerado. Menos la conformación de asociaciones ilícitas entre periodistas carentes de ética y traficantes de información reservada.

Mañana el afectado puede ser usted.